Los productos se podrán almacenar bajo los siguientes tipos de almacenamiento, en función de sus peligrosidades:
- Almacenamiento sin restricción: Se considera que el almacenamiento será sin restricción cuando los productos peligrosos almacenados no presenten ningún tipo de incompatibilidad.
- Almacenamiento separado: Se considera almacenamiento separado cuando los productos están dentro del mismo sector de incendio, separados unos de otros mediante, por ejemplo, distancias, paredes, armarios de material no combustible, productos no combustibles o dispositivos de contención independientes.
- Almacenamiento independiente: Se consideran que son almacenamientos independientes, en almacenamientos cerrados, cuando constituyen sectores de incendio diferentes.
