Además de las citadas normativas, también tenemos que tener en cuenta el Reglamento (CE) nº 1272/2008 (Reglamento_CLP_1272_2008 ), denominado CLP, acrónimo de clasificación, etiquetado y envasado, sus siglas en inglés), que fue aprobado debido a la necesidad de incorporar a la legislación comunitaria los criterios del Sistema Globalmente Armonizado (SGA) de las Naciones Unidas sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas químicas, para lograr una armonización a nivel internacional.

El Reglamento CLP tiene entre sus principales objetivos determinar si una sustancia o mezcla presenta propiedades que deban ser clasificadas como peligrosas. Una vez identificadas dichas propiedades y clasificada la sustancia o mezcla, estos peligros se comunican a través del etiquetado.

En este sentido, este Reglamento establece unas clases y categorías de peligro, que hay que tener en cuenta a la hora de manipular y almacenar los productos fitosanitarios. Estas clases de peligro definen la naturaleza del peligro que representan las sustancias o sus mezclas.

Los tipos de peligro (se detallan en el AnexoI_Reglamento_CLP), son los siguientes:

  • Peligro físico (frases H200).
  • Peligros para la salud humana (frases H300)
  • Peligros para el medio ambiente (frases H400).

Además se incluyen unas palabras de advertencia, que indican el nivel relativo de gravedad, para alertar de la existencia de un peligro potencial.  Deben figurar en la etiqueta y son:

  • Peligro (Dgr; danger): asociada a las categorías más graves.
  • Atención (Wng; warning): asociada a las categorías menos graves.

También incluye unos consejos de prudencia, que son frases (P) que describen la medida o medidas recomendadas para minimizar o evitar los efectos adversos causados por la exposición a una sustancia o mezcla peligrosa durante su uso o eliminación. Deben figurar en las etiquetas. Se agrupan en:

  • Consejos de prudencia generales: P100.
  • De prevención: P200.
  • De respuesta: P300
  • De almacenamiento: P400.
  • De eliminación: P500.

Asimismo, contempla unos pictogramas de peligro, que son una imagen que incluye un símbolo (se detallan en el AnexoII_Reglamento_CLP), con el fin de transmitir información sobre el daño que una determinada sustancia o mezcla puede provocar.

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